miércoles, 17 de julio de 2013

El Poder Judicial pospone la decisión sobre la continuidad de Ruz

Dos vocales de la comisión permanente del Consejo, Margarita Robles y Manuel Almenar, se quejan porque el asunto no se haya tratado a pesar de su trascendencia y urgencia


Los informes sobre la continuidad del juez Pablo Ruz, instructor del caso Gürtel y de los papeles de Bárcenas, en el Juzgado Central de Instrucción número 5 como juez de apoyo durante seis meses ya estaban listos. Los cinco vocales que debían presentarlos, José Manuel Gómez Benítez, Manuel Almenar, Margarita Robles, Carles Cruz y Gema Gallego habían presentado informes favorables a que el magistrado continúe en su puesto, tal y como había solicitado la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional el pasado lunes. El vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Fernando de Rosa,  había presentado una propuesta también favorable que se podría haber votado en la reunión de esta tarde de la Comisión Permanente del Poder Judicial.
Sin embargo, no ha sido así. El titular del juzgado central número 5, el vocal del Consejo General del Poder Judicial Miguel Carmona (nombrado a propuesta del PSOE), cuya incorporación al juzgado está prevista para septiembre cuando se renueve el órgano del gobierno de los jueces, mandó el martes un escrito a todos los vocales. Pedía calma en la decisión a pesar de que la Audiencia Nacional había pedido la continuidad de Ruz ante los casos de “enorme trascendencia” que se están tramitando.
Carmona admitía que “no sobraría” un refuerzo en el juzgado pero cuestionaba que todo se llevara a cabo “con una urgencia extraordinaria”. Pedía que la plaza de apoyo respetara los principios de “publicidad, selección y orden de preferencia ante una pluralidad de peticionarios” para evitar, según argumentaba, “dar munición gratuita a grandes bufetes de abogados ávidos de encontrar resquicios de nulidad en los que basar sus defensas”. Criticaba también “el núcleo de la propuesta principal”, en la que “se sitúa al juez de apoyo como juez principal, que se encargaría con plena jurisdicción de todos los asuntos que se llevaran en el juzgado en el momento de mi incorporación y al titular como una especie de auxiliar que solo tendría jurisdicción para conocer lo que fuera entrando” a partir de ese momento.
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