viernes, 5 de julio de 2013

El Tribunal Constitucional impide al Ministerio de Empleo sancionar a parados

Desde el Gobierno advierten que nadie se librará de las sanciones, únicamente se paralizan los procedimientos

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social no está imponiendo las correspondientes sanciones a los parados que incumplen la normativa sobre prestaciones de desempleo desde el pasado 23 de mayo. Esto se debe a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), publicada en el BOE en la mencionada fecha, la cual anula el habitual procedimiento de sanciones a los preceptores de subsidios de desempleo. El TC afirma que ese procedimiento sancionador invade las competencias de las comunidades autónomas.
Desde el Ministerio de Empleo confirman que no se está sancionanado, aunque matizan que «nadie piense que esto es una barra libre». Y advierten de que ningún infractor se librará de la sanción, pues únicamente se paralizan los procedimientos.
El mismo portavoz explica que desde que conocieron la sentencia están hablando con todas las comunidades para buscar una solución clara que garantice los derechos de todos los desempleados.
CC.OO. indica que serían unos 25.000 los parados que se habrían librado de alguna sanción desde el 23 de mayo. En 2011 hubo 294.611 bajas en la prestación por desempleo como medida cautelar y por sanciones, según datos de Empleo. Un año antes habían sido 305.211 las bajas.

 

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