sábado, 4 de mayo de 2013

El Constitucional anula el nombramiento de ediles no electos en los ayuntamentos

  • Hasta ahora, el alcalde podía nombrar a miembros de su Junta de Gobierno
  • Sin que fueran elegidos en las urnas, podían ser hasta un tercio de la Junta
  • Los no electos de las juntas locales tendrán que ser sustituidos por concejales                                                       El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional que los ayuntamientos de las grandes ciudades puedan nombrar miembros de sus juntas de gobierno local a personas que no tengan el acta de concejal por no haber resultado elegidas en las elecciones municipales. En una sentencia hecha pública este lunes, el TC considera inconstitucional y nulo el artículo de la Ley Reguladora de la Bases de Régimen Local de 1985 que establece que el alcalde podrá nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a personas que no tengan la condición de concejales, "siempre que su número no supere un tercio de sus miembros, excluido el alcalde". A partir de la publicación de la sentencia, los miembros no electos de las juntas locales tendrán que ser sustituidos por concejales, aunque el Constitucional salva "expresamente" la validez de todos los acuerdos y resoluciones adoptados los equipos de gobierno en los que existían miembros no electos.
    ...seguir leyendo

No hay comentarios:

Publicar un comentario