jueves, 16 de mayo de 2013

Si vendí mi casa hace dos años y no he reinvertido el dinero, ¿qué debo pagar por ello este año?

Iván Sáez, Manager en el Departamento Human Capital de Ernst & Young Abogados, y especializado en el área fiscal y de Seguridad Social internacional de expatriados, nos desvela algunos secretos para sacarle el mayor partido a la declaración de la renta

Si usted vendió su vivienda habitual hace dos años y aplicó la exención de la ganancia patrimonial porque pretendía reinvertir el importe obtenido de la venta en la adquisición de su nueva vivienda habitual e incumple el plazo de dos años para tal reinversión, deberá presentar una declaración del IRPF complementaria del año en que vendió su vivienda habitual, declarando la ganancia patrimonial generada y tributando por ella.
Las ganancias patrimoniales forman parte de la base del ahorro, sujetos actualmente a una escala progresiva que va del 21% al 27%. Si la casa la vendió hace dos años, esto es en 2011, la escala vigente en ese año para la base del ahorro era del 19% al 21%.
ABC.es

 

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