viernes, 31 de mayo de 2013

Las entidades financieras deberán comunicar al Banco de España los riesgos de sus operaciones

También habrán de identificar a final de mes a todas las personas que intervienen en ellas, según la nueva circular sobre normas de información financiera pública 

Las entidades financieras tendrán que declarar ante el Banco de España los riesgos de sus operaciones sin que se haya fijado un umbral mínimo de declaración. Además, tendrán que identificar para cada una de las operaciones a todas las personas que intervienen en ellas, así como el importe del riesgo que les corresponde.
Esta es una de las principales novedades de la nueva circular del Banco de España sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros, que modifica la circular 4/2004 de 22 de diciembre, y que publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El objetivo del Banco de España es fijar contenidos y umbrales de declaración distintos en función de las diferentes finalidades de la Central de Información de Riesgos (CIR). Además, quiere establecer que los datos se declaren en unidades de euros para facilitar que se puedan incrementar los datos necesarios para mejorar la contribución de la CIR a la estabilidad financiera del sistema crediticio español.
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