miércoles, 26 de junio de 2013

¿Qué pensión cobrarán los trabajadores a tiempo parcial?

Podrán cotizar menos de 15 años, pero la cuantía de su jubilación será más baja 

Menos años cotizados, pero pensiones más bajas. Es el espíritu de la reforma sobre la protección social de los ocupados a tiempo parcial que ha preparado el Gobierno en respuesta a dos sentencias distintas del Tribunal de Luxemburgo y el Constitucional. Ambas instaban a modificar la actual regulación por entender que estos trabajadores están discriminados respecto al resto.
El Ejecutivo ha enviado a los agentes sociales una propuesta de reforma para el acceso a pensión de 2,6 millones de ocupados a tiempo parcial, que tiene entre sus principales modificaciones las siguientes:
¿Tendrán que seguir cotizando un mínimo de 15 años los ocupados a tiempo parcial para cobrar una pensión?
La propuesta que la elaborado la Seguridad Social implica que los ocupados a tiempo parcial podrán acreditar menos de 15 años cotizadospara poder acceder a una pensión de jubilación, tal y como se exige a los trabajadores con jornada completa. Sin embargo, la prestación que obtendrían sería proporcionalmente menor.
¿Cómo se reconocería el periodo de cotización acreditado por el trabajador?
Una de las propuestas es aplicar al total de días que ha permanecido el trabajador en alta como ocupado a tiempo parcial un «coeficiente de parcialidad» en función de la jornada realizada en relación con la realizada por un trabajador a tiempo completo comparable. Es decir, a todos aquellos periodos en los que el trabajador hubiera permanecido en alta como trabajador a tiempo parcial, se les podría aplicar el «coeficiente de parcialidad» que correspondiese a dicho periodo, debiendo sumar el resultado a los días en que el empleado hubiese permanecido en alta a tiempo completo.
¿Qué se lograría con esta fórmula?
Se obtendría el total de días cotizados acreditados por cada trabajador a efectos de comprobar que cumple con los años necesarios exigidos para acceder a una prestación.
¿Deberían los ocupados a tiempo parcial seguir recibiendo ayudas del Estado para complementar su pensión hasta la mínima del sistema?
El Gobierno aboga por evitar que estos trabajadores cobren la pensión mínima del sistema. Defiende que es necesario salvaguardar la proporcionalidad entre el esfuerzo contributivo y las prestaciones a percibir. Por ello propone a empresarios y sindicatos que reflexionen sobre el acceso a los complementos a mínimos para así evitar agravios comparativos entre trabajadores con esfuerzos contributivos muy distintos que al final obtienen la misma pensión.
¿Cuándo comenzará a aplicarse la nueva regulación?
El Gobierno apunta que esta propuesta podría implantarse a corto plazo, empezando por aquellos trabajadores que hayan solicitado su pensión o subsidio desde la publicación de la sentencia del Constitucional, el pasado mes de abril, y quedaron en un limbo en el que se les contabilizaba un día cotizado por un día trabajado, independientemente de las horas trabajadas.
¿Qué supone este sistema de cómputo?
Antes de la sentencia del TC para calcular lo que había cotizado un empleado a tiempo parcial se computaba cada cinco horas cotizadas como 1,5 días. Ahora, la Seguridad Social emplea otra en la que cada día trabajado equivale a un día cotizado, independientemente de las horas trabajadas. Si no se modifica el actual sistema, podría acabar costando 1.900 millones a la Seguridad Social.
¿Que provocó las sentencias del Tribunal de Luxemburgo y el Constitucional?
La justicia europea dio respuesta al caso de una limpiadora a tiempo parcial en una comunidad de vecinos durante 18 años que solicitó su pensión con 66 años, en 2006. Dado que su jornada de trabajo se limitaba a cuatro horas semanales (10% de la jornada ordinaria), la Seguridad Social le denegó la prestación por no reunir el periodo mínimos legal de 15 años de afiliación para percibirla. La fórmula de cálculo utilizada, que actualmente toma las horas efectivamente trabajadas y las traduce en días, dio como resultado que la mujer solo cotizó tres años por lo cual, de mantenerse en un contrato parcial de cuatro horas a la semana, la demandante hubiera tenido que trabajar cien años para acrecidar los 15 años necesarios para acceder a una jubilación de 112,93 euros al mes. 

 

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